Víctor Rodríguez Padilla, exdirector de Pemex, sale de prisión; enfrentará proceso en libertad

Víctor Rodríguez Padilla

La jueza especializada de Control, Consuelo Adriana Correa Ortiz, resolvió este martes revocar la medida cautelar de prisión preventiva justificada impuesta a Víctor Rodríguez Padilla, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), quien continuará el proceso penal que enfrenta por violencia familiar en libertad, sujeto al cumplimiento de diversas medidas cautelares.

La determinación fue emitida durante una audiencia de revisión celebrada en Ciudad Judicial Atlacholoaya, en el municipio de Xochitepec, donde la juzgadora concluyó que existían nuevos elementos aportados por la defensa que modificaban las condiciones valoradas cuando se ordenó su internamiento.

El proceso penal continúa vigente

Rodríguez Padilla permanece vinculado a proceso por el delito de violencia familiar, derivado de la denuncia presentada por su esposa, María Felicia Jiménez. De acuerdo con la investigación, los hechos ocurrieron el 15 de marzo de 2026 en un fraccionamiento del municipio de Emiliano Zapata, Morelos, y fueron captados por cámaras de videovigilancia.

Tras la emisión de una orden de aprehensión, el exfuncionario fue detenido en la Ciudad de México y trasladado al Centro Estatal de Reinserción Social “Morelos”, en Atlacholoaya, donde permanecía bajo prisión preventiva.

Audiencia sobre suspensión condicional fue diferida

Durante la jornada también se informó que la audiencia en la que se analizaría la solicitud de suspensión condicional del proceso, promovida por la defensa, fue aplazada debido a la inasistencia de la víctima, quien presentó un escrito para justificar su ausencia.

En ese documento manifestó sentirse afectada por la exposición pública del caso y por las publicaciones difundidas en medios de comunicación y redes sociales, luego de que en una audiencia anterior se reveló un escrito mediante el cual expresaba su perdón y su intención de no continuar con el procedimiento.

La jueza precisó que la víctima tiene derecho a decidir la forma en que participa en el proceso y señaló que cualquier ratificación de sus manifestaciones podrá realizarse bajo condiciones que protejan su privacidad, incluso mediante mecanismos remotos, con el fin de garantizar que su decisión sea emitida de manera libre.

Consideran acreditado el arraigo del imputado

Al resolver la revisión de las medidas cautelares, la juzgadora explicó que la prisión preventiva constituye una medida excepcional que debe aplicarse únicamente cuando no existan otras alternativas para garantizar el desarrollo del proceso.

Indicó que la defensa presentó documentación para acreditar un domicilio fijo y fortalecer el arraigo del imputado, elementos que fueron considerados suficientes para sustituir la prisión preventiva por otras restricciones. Los datos específicos del domicilio quedaron bajo reserva para proteger información personal.

Las medidas que deberá cumplir Víctor Rodríguez Padilla

Las medidas que deberá cumplir Víctor Rodríguez Padilla

Como parte de la resolución, Víctor Rodríguez Padilla deberá presentarse mensualmente a firmar ante la Unidad de Medidas Cautelares (UMECA), iniciando entre el 1 y el 5 de agosto.

Además, tendrá que exhibir una garantía económica de 20 mil pesos, no podrá salir del territorio nacional y se notificará la restricción a las autoridades correspondientes, sin que sea necesario asegurar su pasaporte.

La jueza también ordenó mantener medidas de protección para la víctima y el menor involucrado. Entre ellas, la prohibición de acercarse físicamente a ambos o acudir a lugares donde pudiera coincidir con ellos, así como abstenerse de establecer cualquier tipo de comunicación, ya sea de forma directa, por intermediarios o mediante redes sociales.

Asimismo, deberá mantener una conducta adecuada durante el desarrollo del procedimiento para evitar cualquier situación que represente un nuevo riesgo.

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Con la emisión de esta resolución, la jueza ordenó levantar la prisión preventiva y notificar al centro penitenciario para que se llevaran a cabo los trámites correspondientes a la liberación del imputado.

Defensa aclara que no existe absolución

Al término de la audiencia, el abogado defensor, Víctor Manuel Solís, enfatizó que la resolución únicamente modificó la medida cautelar y no representa una absolución ni el cierre del proceso penal.

Precisó que Rodríguez Padilla continúa sujeto a proceso exclusivamente por el delito de violencia familiar y reiteró que aún no existe una determinación judicial sobre su responsabilidad.

“Este procedimiento no ha concluido y no hay una declaratoria de inocencia por parte del juzgado, ni tampoco de culpabilidad”, señaló.

El litigante informó que sigue pendiente la audiencia en la que se analizará la solicitud de suspensión condicional del proceso, espacio en el que la víctima podrá comparecer y discutirse las medidas de reparación correspondientes.

Agregó que la defensa mantiene abierta la posibilidad de impulsar nuevamente esa salida alterna cuando lo considere procedente y descartó que su cliente haya promovido un juicio de amparo para obtener su libertad.

La audiencia para resolver la suspensión condicional del proceso permanece pendiente de una nueva fecha, luego de que la víctima justificó su inasistencia.


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