Violencia vicaria: Suprema Corte ordena proteger a menores y evitar el uso del sistema judicial como forma de agresión

Por decisión unanime la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por  el proyecto presentado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf dentro del Amparo Directo en Revisión 2798/2025, con el que estableció importantes criterios para atender los casos de violencia vicaria y garantizar una mayor protección a niñas, niños y adolescentes involucrados en conflictos familiares.

La resolución busca evitar que los procedimientos judiciales sean utilizados como una herramienta para continuar ejerciendo violencia contra las mujeres y proteger el interés superior de la niñez en asuntos relacionados con la guarda y custodia, convivencias y pensión alimenticia.

El origen del caso

El asunto deriva de un procedimiento por violencia familiar promovido por una madre en contra del padre de su hijo.

En primera instancia, un juzgado familiar determinó que el padre ejercía violencia psicológica contra el menor. Posteriormente, una Sala Familiar concluyó que además existía violencia vicaria.

Inconforme con esa resolución, el padre promovió un amparo directo. Sin embargo, el Tribunal Colegiado confirmó que sí existía violencia vicaria al considerar que el agresor utilizó de manera desproporcionada el sistema judicial para mantener separados al niño y a su madre.

Además, ordenó que se resolvieran de manera directa los temas relacionados con la guarda y custodia, el régimen de convivencias y la pensión alimenticia.

¿Qué establece el proyecto aprobado?

El proyecto de la ministra Loretta Ortiz sostiene que la violencia vicaria puede manifestarse de distintas formas, siendo una de las más frecuentes aquella que ocurre después de la separación de una pareja, especialmente cuando existe un historial de violencia previa.

En estos casos, explicó la Corte, algunos agresores utilizan procesos judiciales como mecanismos para prolongar el control y el daño hacia las mujeres, promoviendo procedimientos relacionados con la custodia de los hijos o los regímenes de visitas con el objetivo de mantener la violencia.

La SCJN ordena crear criterios para evitar la violencia vicaria

Como parte de la resolución, la Suprema Corte concedió el amparo al considerar que actualmente no existen lineamientos claros sobre la manera en que deben resolverse asuntos de guarda y custodia, convivencias y pensión alimenticia cuando existe violencia vicaria acreditada.

El objetivo es impedir que las autoridades jurisdiccionales contribuyan, de manera indirecta, a perpetuar este tipo de violencia y evitar que niñas, niños y adolescentes sean colocados en una situación de mayor vulnerabilidad.

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Representación especializada para el adolescente

Uno de los aspectos más relevantes de la resolución consiste en que la Sala deberá designar un representante especial para el adolescente involucrado.

Esta representación será independiente y especializada, con el propósito de garantizar que sus derechos sean protegidos, evitar que continúe inmerso en las dinámicas de violencia vicaria y asegurar que su opinión sea escuchada durante el procedimiento.

Asimismo, la autoridad deberá valorar la opinión actual del adolescente considerando el contexto de violencia vicaria previamente acreditado.

Protección integral para mujeres, niñas, niños y adolescentes

Con esta decisión, la Suprema Corte busca reconocer que la violencia vicaria no solo afecta a las mujeres, sino que también genera profundas consecuencias para las infancias y adolescencias involucradas.

Con esto se pretende fortalecer la protección judicial de las víctimas, garantizar el interés superior de la niñez y establecer medidas que impidan que los procesos legales sean utilizados como instrumentos de control, manipulación o violencia dentro de los conflictos familiares.


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