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La Corte ante la presión social: el debate jurídico sobre desalojos se traslada a la calle

La Corte ante la presión social: el debate jurídico sobre desalojos se traslada a la calle

La Corte ante la presión social: el debate jurídico sobre desalojos se traslada a la calle

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se vio obligada a pausar una discusión clave sobre el derecho a la vivienda no por un tecnicismo legal, sino por la presión directa de personas afectadas por desalojos y colectivos urbanos que trasladaron el debate constitucional al espacio público. La acción de inconstitucionalidad 73/2019, que cuestiona el Artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México, quedó en suspenso tras varios días de movilización frente al máximo tribunal.

Desde el viernes 16 de enero, vecinos desalojados, activistas y organizaciones sociales bloquearon de manera intermitente los accesos a la Corte para exigir algo más que una votación entre ministros: reclamaron ser escuchados. Su demanda central fue la apertura de una audiencia pública que permita incorporar al análisis jurídico las consecuencias sociales de los desalojos, particularmente en una ciudad marcada por la gentrificación, el encarecimiento de la vivienda y la expulsión de habitantes históricos de zonas céntricas.

Un conflicto que rebasa el expediente

La protesta obligó a la SCJN a abrir un canal de diálogo. Personal del tribunal solicitó a los manifestantes liberar accesos para permitir el ingreso de trabajadores y, posteriormente, se confirmó que el tema sería retirado del orden del día. Además, se acordó una reunión entre una comisión de vecinos y activistas con el ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, y la ministra ponente, María Estela Ríos González.

El gesto fue leído por los inconformes como un primer reconocimiento de que el caso no es únicamente una discusión normativa, sino un asunto que incide de manera directa en la vida de miles de personas. En los tendederos colocados frente a la Corte, los mensajes fueron contundentes: “Desalojo con orden judicial también es despojo” y “Sin vivienda no hay derechos”.

El proyecto y sus límites

El proyecto de sentencia elaborado por la ministra Ríos González propone declarar constitucional el Artículo 60. Su argumento central es que un desalojo ejecutado con mandato judicial, respetando el debido proceso y el derecho de audiencia, no puede considerarse un desalojo forzoso en términos de derechos humanos. Bajo esta lógica, la norma no vulnera el derecho a la vivienda, ya que prevé mecanismos de mediación y conciliación, además de la posibilidad de que las personas afectadas soliciten su incorporación a programas de vivienda del gobierno capitalino.

Sin embargo, para quienes han vivido el desalojo en carne propia, esa interpretación resulta insuficiente. Señalan que la ley, tal como está redactada, reduce la protección efectiva a una formalidad judicial y deja de lado el principio de progresividad de los derechos humanos, al eliminar salvaguardas que obligaban a agotar alternativas antes de ejecutar una orden.

La voz de los desalojados

Entre los reclamos más reiterados está la exigencia de restituir la redacción original del Artículo 60, que imponía mayores obligaciones a las autoridades para evitar el desalojo como primera opción. También demandan audiencias previas reales —no meramente procedimentales— y soluciones habitacionales dignas, más allá de apoyos temporales para renta que no resuelven el problema de fondo.

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Casos como el del inmueble ubicado en República de Cuba 11, en el Centro Histórico, se han convertido en emblemas del conflicto. En agosto de 2025, decenas de familias fueron desalojadas sin previo aviso, según denunciaron los propios vecinos. Sus pertenencias quedaron en la vía pública y algunos señalaron que no se les permitió recuperar sus bienes, además de reportar presuntos saqueos. Adultos mayores, familias completas y personas con décadas de residencia en la zona fueron desplazadas en cuestión de horas.

Una decisión con impacto urbano

Para los colectivos urbanos, la resolución que adopte la Corte sentará un precedente en un contexto especialmente delicado. La presión inmobiliaria, los proyectos de renovación urbana y la cercanía de eventos internacionales elevan el riesgo de que los desalojos se utilicen como herramienta para liberar predios sin garantizar alternativas de vivienda adecuadas.

El aplazamiento de la discusión no resolvió el conflicto, pero evidenció una tensión creciente entre la interpretación jurídica de los derechos y su aplicación en la realidad cotidiana. La SCJN enfrenta ahora el reto de decidir si el Artículo 60 se analiza únicamente desde la lógica del expediente o si incorpora la dimensión social que, desde la calle, le fue colocada frente a sus puertas.


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