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Devolución de impuestos del SAT: así puedes consultar el estatus de tu saldo a favor

Devolución de impuestos del SAT: así puedes consultar el estatus de tu saldo a favor

Devolución de impuestos del SAT

Si aún no presentas tu declaración anual 2025 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), conviene hacerlo pronto. La autoridad fiscal informó que las devoluciones de impuestos se están realizando con rapidez, beneficiando ya a millones de contribuyentes en el país.

De acuerdo con el organismo, hasta ahora se han autorizado devoluciones por 10 mil 103 millones de pesos correspondientes al Impuesto Sobre la Renta (ISR). Este monto ha sido entregado a 1 millón 591 mil 951 personas, quienes obtuvieron saldo a favor tras cumplir con su declaración anual.

Devoluciones en menos tiempo del previsto

El SAT destacó que el tiempo promedio para depositar las devoluciones es de tres días, siempre que la información presentada no tenga inconsistencias. Este periodo es considerablemente menor al plazo máximo de 40 días que establece el Código Fiscal de la Federación para resolver este tipo de trámites.

Cómo revisar el estatus de tu devolución de impuestos del SAT

Si ya presentaste tu declaración anual y obtuviste saldo a favor, puedes consultar el estado de tu devolución desde el portal del SAT siguiendo estos pasos:

  1. Ingresa a la sección “Trámites y servicios”.
  2. Busca el apartado “Devoluciones y compensaciones” y selecciona “Consulta tu devolución” o “Seguimiento de trámites”.
  3. Inicia sesión con tu RFC y contraseña o con tu e.firma.
  4. Selecciona el ejercicio 2025, correspondiente a la declaración presentada en 2026.
  5. Elige “Devolución automática de ISR” y da clic en “Buscar” o “Mostrar solicitudes”.

Una vez dentro del sistema, podrás conocer si tu devolución está en proceso, ya fue pagada o si necesitas realizar algún trámite adicional. También se mostrará el monto autorizado y la fecha de resolución.

Significado de los estatus en el portal del SAT

El sistema del SAT muestra diferentes estatus que reflejan el avance de la solicitud:

  • En proceso: la autoridad fiscal continúa revisando la información.
  • Requerida: se solicita información adicional mediante el Buzón Tributario.
  • Negada: la devolución no fue autorizada y se debe presentar una solicitud manual.
  • Pagada: el depósito ya se realizó en la cuenta bancaria registrada.
  • Desistida: el trámite no continuó.

Cuándo es obligatoria la e.firma

En ciertos casos, el uso de la e.firma es indispensable para que el SAT autorice la devolución del saldo a favor, ya que sirve como un mecanismo adicional de validación de datos.

Este requisito aplica principalmente cuando:

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  • El saldo a favor supera los 50 mil pesos.
  • Se modifica la CLABE interbancaria registrada.
  • La devolución automática no procede y se requiere una solicitud manual.
  • Se trata de declaraciones de personas morales.

Cuándo sí procede la devolución automática

Por otro lado, la devolución automática suele procesarse sin necesidad de e.firma cuando:

  • El monto del saldo a favor es menor o se encuentra dentro de ciertos rangos.
  • No hay cambios en la cuenta bancaria registrada.
  • La información declarada coincide con los datos precargados por el sistema.

Aunque la ley establece hasta 40 días para resolver estas devoluciones, el SAT señaló que este año los depósitos se están realizando en aproximadamente tres días, siempre que la declaración no presente inconsistencias.


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