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Panel laboral en el caso de la mina San Martín concluye que denegación de derechos sindicales no puede ser imputada antes del T-MEC

Panel laboral en el caso de la mina San Martín concluye que denegación de derechos sindicales no puede ser imputada antes del T-MEC

MINA SAN MARTIN EN ZACATECAS

El panel laboral encargado de revisar el caso de la mina San Martín, en Zacatecas, emitió un fallo en el que determina que no se puede pronunciar sobre la denegación de derechos sindicales por hechos ocurridos antes de la entrada en vigor del Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

En un comunicado conjunto emitido este viernes por las Secretarías de Economía (SE) y del Trabajo y Previsión Social (STPS), se destacó que el panel trinacional concluyó que la denegación de derechos sindicales solo puede ser imputada a hechos posteriores a la entrada en vigor del T-MEC y sujetos a la reforma laboral de 2019.

A pesar de que los derechos de libre asociación de los trabajadores de la mina San Martín habían sido negados por 16 años, el panel determinó que las irregularidades no se ajustaban a los criterios establecidos tras la entrada en vigor del T-MEC y la reforma laboral de 2019.

Las dependencias gubernamentales resaltaron que, aunque las irregularidades fueron detectadas y algunas ya están siendo corregidas, este fallo sienta un precedente sobre la no retroactividad de los tratados comerciales y el uso razonable del mecanismo laboral de respuesta rápida.

Panel laboral en el caso de la mina San Martín concluye que denegación de derechos sindicales no puede ser imputada antes del T-MEC

Además, se consideró que el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLLR) ha sido una herramienta poderosa e innovadora para proteger los derechos laborales a través de tratados comerciales, aunque se enfatizó la importancia de su aplicación razonable y de buena fe.

El Gobierno mexicano se comprometió a mejorar las condiciones laborales y salariales de la región, y admitió la necesidad de abordar el perfeccionamiento del MLLR durante la revisión del T-MEC en 2026, corrigiendo asimetrías para que México pueda emplearlo en igualdad de condiciones para defender los derechos de los trabajadores migrantes en Estados Unidos y Canadá.

El caso de la mina San Martín se convierte así en un referente sobre los alcances y limitaciones del T-MEC en materia laboral, con implicaciones significativas para futuras disputas laborales y la protección de los derechos de los trabajadores en la región.


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