IEPCT ordena a los partidos corregir inconsistencias en registros de candidaturas
El Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), ordena a los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano (MC), a subsanar las inconsistencias de las solicitudes del registro de candidaturas presentadas para el Proceso Electoral Local 2023-2024 .
La madrugada de este jueves 14 de marzo de 2024, los consejeros del IEPCT sesionaron de manera extraordinaria y urgente, para aprobar el proyecto de acuerdo CE/2024/023, mediante el cual solicitan al PAN, PVEM, PT, PRI y MC, subsanar las omisiones que tienen y en su caso, ajusten sus postulaciones atendiendo al principio de paridad y conforme a las acciones afirmativas establecidas por el Consejo Estatal.
El Consejo Estatal dio un plazo de 48 horas contadas a partir de la notificación del acuerdo a los partidos políticos antes mencionados.
IEPCT ordena a los partidos PAN, PVEM, PT, PRI y MC subsanar inconsistencias
El acuerdo señala que, el PAN solo postuló 12 candidatos a alcaldes y no postuló candidatos en los municipios de Huimanguillo, Cárdenas, Paraíso, Jalpa de Méndez y Teapa. Además, de postular un mayor número de hombres, tendrá que postular a una mujer en cualquiera de los municipios: Macuspana, Balancán, Tenosique y Cunduacán.
En cuanto a las diputaciones, se le pidió cumplir con la postulación de una fórmula que cumpla la cuota de grupos de persona con discapacidad y cumplir con las acciones afirmativas en uno de los distritos que haya inscrito.
El PRI no postuló candidatos en los municipios de Balancán y Huimanguillo. Pero se le solicitó cumplir con el principio de paridad, ya que postuló un mayor número de hombres. Por lo que, deberá postular 4 mujeres en cualquiera de los municipios que registró.
El PVEM, no postuló una fórmula de candidaturas, propietaria y suplente, conformada por personas de la diversidad sexual, dentro de los primeros siete lugares de la lista correspondiente. Por lo que tendrá que postular de forma obligatoria dentro de las candidaturas a diputaciones por el principio de representación proporcional.
El PT, en lo relativo a los bloques de porcentaje de votación media, no integró de manera paritaria y postuló un mayor número de personas del género masculino. Por lo que, deberá proponer una mujer en cualquiera de los siguientes municipios: Centro, Jalapa o Macuspana en los que postuló a un hombre.
En el caso de las acciones afirmativas a favor de las personas indígenas o afromexicanas, el Consejo Estatal le advirtió postular a un hombre perteneciente a este grupo, no obstante, la persona presentada como suplente no acredita su vínculo o pertenencia con el grupo señalado. Por lo que deberá ajustar la postulación.
Movimiento Ciudadano, en el segmento “B” registró un número mayor de personas del género masculino. Por lo que, deberá postular a una mujer en cualquiera de los siguientes municipios: Centla, Emiliano Zapata, Paraíso, Tacotalpa.
En el caso de diputaciones por el principio de mayoría relativa, Movimiento Ciudadano postuló a un número mayor de hombres en el bloque de votación baja. Por lo que, deberá sustituir a un hombre en cualquiera de esos distritos.
Mientras que en el caso de acciones afirmativas de la cuota de personas con discapacidad e indígena, MC deberá de ajustar sus postulaciones por no cumplir con este requisito.