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IEPCT ordena a los partidos corregir inconsistencias en registros de candidaturas

IEPCT ordena a los partidos corregir inconsistencias en registros de candidaturas

IEPCT ordena a los partidos corregir inconsistencias en registros de candidaturas

El Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), ordena a los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), Verde Ecologista de México (PVEM), del Trabajo (PT) y Movimiento Ciudadano (MC), a subsanar las inconsistencias de las solicitudes del registro de candidaturas presentadas para el Proceso Electoral Local 2023-2024 .

La madrugada de este jueves 14 de marzo de 2024, los consejeros del IEPCT sesionaron de manera extraordinaria y urgente, para aprobar el proyecto de acuerdo CE/2024/023, mediante el cual solicitan al PAN, PVEM, PT, PRI y MC, subsanar las omisiones que tienen y en su caso, ajusten sus postulaciones atendiendo al principio de paridad y conforme a las acciones afirmativas establecidas por el Consejo Estatal.

El Consejo Estatal dio un plazo de 48 horas contadas a partir de la notificación del acuerdo a los partidos políticos antes mencionados.

IEPCT ordena a los partidos PAN, PVEM, PT, PRI y MC subsanar inconsistencias

El acuerdo señala que, el PAN solo postuló 12 candidatos a alcaldes y no postuló candidatos en los municipios de Huimanguillo, Cárdenas, Paraíso, Jalpa de Méndez y Teapa. Además, de postular un mayor número de hombres, tendrá que postular a una mujer en cualquiera de los municipios: Macuspana, Balancán, Tenosique y Cunduacán.

En cuanto a las diputaciones, se le pidió cumplir con la postulación de una fórmula que cumpla la cuota de grupos de persona con discapacidad y cumplir con las acciones afirmativas en uno de los distritos que haya inscrito.

El PRI no postuló candidatos en los municipios de Balancán y Huimanguillo. Pero se le solicitó cumplir con el principio de paridad, ya que postuló un mayor número de hombres. Por lo que, deberá postular 4 mujeres en cualquiera de los municipios que registró.

IEPCT ordena a los partidos corregir inconsistencias en registros de candidaturas
Elizabeth Nava Gutiérrez, Consejera Presidenta del IEPCT.

El PVEM, no postuló una fórmula de candidaturas, propietaria y suplente, conformada por personas de la diversidad sexual, dentro de los primeros siete lugares de la lista correspondiente. Por lo que tendrá que postular de forma obligatoria dentro de las candidaturas a diputaciones por el principio de representación proporcional.

El PT, en lo relativo a los bloques de porcentaje de votación media, no integró de manera paritaria y postuló un mayor número de personas del género masculino. Por lo que, deberá proponer una mujer en cualquiera de los siguientes municipios: Centro, Jalapa o Macuspana en los que postuló a un hombre.

En el caso de las acciones afirmativas a favor de las personas indígenas o afromexicanas, el Consejo Estatal le advirtió postular a un hombre perteneciente a este grupo, no obstante, la persona presentada como suplente no acredita su vínculo o pertenencia con el grupo señalado. Por lo que deberá ajustar la postulación.

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Movimiento Ciudadano, en el segmento “B” registró un número mayor de personas del género masculino. Por lo que, deberá postular a una mujer en cualquiera de los siguientes municipios: Centla, Emiliano Zapata, Paraíso, Tacotalpa.

En el caso de diputaciones por el principio de mayoría relativa, Movimiento Ciudadano postuló a un número mayor de hombres en el bloque de votación baja. Por lo que, deberá sustituir a un hombre en cualquiera de esos distritos.

Mientras que en el caso de acciones afirmativas de la cuota de personas con discapacidad e indígena, MC deberá de ajustar sus postulaciones por no cumplir con este requisito.

 


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