Se publica decreto en DOF que prohíbe operaciones de carga en el AICM
Las aerolíneas tendrán 108 días hábiles, contados a partir del próximo viernes, para reubicar sus operaciones fuera del AICM
Como se había anunciado, la tarde de este jueves 2 de enero fue publicado por el Diario Oficial de la Federación el decreto que prohíbe las operaciones de transporte de carga, en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM).
“Queda cerrado el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México ‘Benito Juárez’, para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga”, se lee en el documento oficial.
Hace unas semanas, el presidente Andrés Manuel López Obrador informó que había un proyecto de decreto que buscaba cerrar el AICM a las operaciones de carga, debido a la saturación en esta terminal área y esta tarde fue concretado dicho proyecto.
El mandatario federal había adelantado que se buscaría negociar con las aerolíneas y agencias aduanales, para contar con las condiciones necesarias para que estos vuelos se pudieran transferir al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).
Desde que se informó sobre el decreto, algunas empresas de paquetería anunciaron su traslado al AIFA, mientras que otras solicitaron una prórroga para mudarse de terminal aérea.
Por ello, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informó, a través del documento publicado, les dio un plazo de 108 días hábiles, contados a partir del próximo viernes, para reubicar sus operaciones fuera del AICM.
El documento establece que quedan exceptuados los concesionarios y permisionarios que presten servicios combinados de pasajeros y de carga.
“Quedan exceptuados los concesionarios y permisionarios que presten servicios combinados de pasajeros y de carga, siempre que la carga sea transportada en las mismas aeronaves que los pasajeros”, indica.