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Presunta corrupción de la Juez interina Yeni Anails

Presunta corrupción de la Juez interina Yeni Anails

Denuncian presunta corrupción contra la Juez interina Yeni Anails

José Bonilla López, persona de la tercera edad y discapacitado, asegura que, a pesar de ser el dueño del inmueble de la avenida 10 de Julio por 38, de la colonia Limonar, fue echado a la calle el pasado 23 de agosto del 2024, mediante complicidad de la juez antes mencionada

Ciudad del Carmen, Camp.__ José Bonilla López, denunció presunta corrupción contra Yeni Anails Pérez Vargas, juez interina del juzgado de ejecución en materia familiar del juzgado familiar, de Ciudad del Carmen, debido a que no actúa de manera imparcial en la impartición de justicia, por ejemplo, a él, le dictaron orden de restricción a su propiedad, por denuncia de la señora Mara López Fernández, por agresiones y amenazas, sin que se lleva a cabo las investigaciones correspondientes.

Denuncian presunta corrupción contra la Juez interina Yeni Anails
José Bonilla López, afectado quien denuncia presunta corrupción en el juzgado familiar

“Además, la juez se toma atribuciones que no le compete, pues se mete en asuntos mercantiles, dándole el favoritismo a Edgar José Palma Moreno, asesor de Mara López Fernánadez, ya que en uno de sus departamentos vive una señora de nombre María del Carmen Pérez Centurión, renta convenida por el señor Luis Gerardo Espinozo Franco, con quien el pasado 9 de diciembre del 2010, realice un contrato de compraventa de mi casa, por una deuda que contraje con él, sin embargo, como la deuda fue saldada, no se llevó a cabo, el contrato de compraventa”, indicó.

Apuntó que, sin embargo, Luis Gerardo Espinozo Franco, realizó ese movimiento, porque presuntamente Mara López Fernández, le habrá informado de lo que sucede con esa propiedad, pero, la realidad es, que el patrimonio, se encuentra a mi nombre, como se constató con la libertad de gravamen; pero la Juez, familiar, Yeni, le está dando la razón a Luis Gerardo, a pesar de que no es juez del ramo mercantil.

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“Por ello, no dudo de que la juez Yeni, se encuentre implicada en presuntos actos de corrupción con Mara López Fernández, y buscan a toda costa quedarse con mi propiedad, a pesar de que soy una persona de la tercera edad y con discapacidad auditiva, por accidente de trabajo”, manifestó.

Atentado

Por otra parte, Bonilla López, mencionó que el pasado 29 de diciembre, por la noche, fue atropellado cuando transitaba a bordo de su motocicleta sobre la calle Malecón de la Caleta, con dirección a la avenida Periférica Norte, del accidente, resultó con fractura del codo derecho, del cual, presume que se trató de un atentado, porque fue impactado en la parte posterior de su motocicleta, y como Mara López Fernández, le ha amenazado de muerte, podría haber sido ella, y como lo ha señalado en varias ocasiones, de lo que le suceda a su persona, responsabiliza a López Fernández, porque es la primera sospechosa de lo que le pueda suceder.

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Lo que dice la Constitución

Expresó que el Art. 1 Constitucional señala que, en los Estados Unidos Mexicanos, todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.

(REFORMADO, D.O.F. 4 DE DICIEMBRE DE 2006) Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social.

(ADICIONADO, D.O.F. 10 DE JUNIO DE 2011) Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

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Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho.

Artículo 16. Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento. En los juicios y procedimientos seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastará con que quede constancia de ellos en cualquier medio que dé certeza de su contenido y del cumplimiento de lo previsto en este párrafo.

Decreto de la Ley General de las Personas con Discapacidad

Artículo 24.-Las personas con discapacidad tendrán derecho a recibir un trato digno y apropiado en los procedimientos administrativos y judiciales en que sean parte, así como asesoría y representación jurídica en forma gratuita en dichos procedimientos, bajo los términos que establezcan las leyes respectivas.

De las Responsabilidades y Sanciones

Artículo 36.-El incumplimiento de los preceptos establecidos por esta Ley será sancionado conforme lo prevé la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y demás ordenamientos aplicables.


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